Miércoles 07 Julio de 2010
SE ENCOMENDARÁ AL DEPARTAMENTO DIGESTO DEL CD
ESTUDIO Y ANÁLISIS DE LAS ORDENANZAS VIGENTES SOBRE LA ACTIVIDAD NOCTURNA
Sobre Tablas fue aprobado un Proyecto de Resolución por el cual se encomienda al Departamento Digesto del Concejo Deliberante a realizar un estudio y análisis de las ordenanzas vigentes referidas a la actividad nocturna en la Ciudad de Salta. La tarea abarcará a las actividades que efectúan bares, confiterías, pubs, restaurantes con o sin espectáculo, peñas, boliches o locales bailables, cabarets, wiskerías, casas de tolerancia, etc.

El proyecto de autoría del concejal Tomás Rodríguez surge debido a la necesidad de tener certeza de las ordenanzas que con el transcurso del tiempo sufrieron modificaciones o bien quedaron sin vigencia. Y que la dispersión terminológica para asignar las mismas actividades, generan confusión al momento de su aplicación. El texto del proyecto aprobado es el siguiente

Art. 1º: Encomendar al Departamento de Digesto del Concejo Deliberante, el estudio y análisis de las Ordenanzas vigentes vinculadas a la actividad nocturna, entendiendo por tales, las normas referidas a: bares, confiterías, pubs, restaurantes con o sin espectáculo, peñas, boliches o locales bailables, cabarets, wiskerias, casas de tolerancia o demás denominaciones que utilizadas en diferentes normas, aluden a las actividades mencionadas.

Art. 2º: El Departamento de Digesto Legislativo deberá elevar el trabajo requerido a la Comisión de Labor Parlamentaria, en un lapso no superior a los treinta (30) días hábiles, debiendo consignar:

a) Ordenanzas vigentes que tienen por objeto la regulación de la actividad nocturna en sus distintas variables.

b) Indicar las normas o artículos particulares dentro de las mismas que se encontrarían derogados tácitamente, por la sanción de ordenanzas posteriores o que sin estar derogados no resultan aplicables por ser anacrónicas sus disposiciones.

c) Agrupar las ordenanzas objeto de la presente por temas, teniendo en cuenta el objeto de regulación de las mismas (por ejemplo boliches, pubs cabarets, etc.) d) Realizar las observaciones que en virtud del análisis solicitado, se consideren convenientes.

Art. 3º: La Comisión de Labor Parlamentaria elevará el informe objeto de la presente a las Comisiones que considere convenientes, de acuerdo al Reglamento Interno, a fin de que se le imprima el trámite parlamentario correspondiente.

Sobre la cuestión el autor del proyecto, el concejal Tomás Rodríguez, en los considerandos sostiene que “el tema ha sido abordado en reiteradas oportunidades por el Concejo Deliberante, generando en consecuencia distintas normas, las cuales con el transcurso del tiempo, o fueron sufriendo modificaciones o bien simplemente quedaron sin vigencia por una cuestión de falta de derogación expresa, a pesar de que su contenido no guarda relación con la realidad que se pretende regular”.

Advierte, por otra parte, que se ha sancionado recientemente un nuevo Código de Planeamiento que debe tenerse presente al momento de autorizar determinados emprendimientos vinculados a la actividad nocturna. Que, un tema no menor es la dispersión terminológica existente, ya que se utilizan distintas expresiones para asignar las mismas actividades, lo cual puede generar confusión al momento de su aplicación, cuando no inseguridad jurídica.