Lunes 16 de Mayo de 2011
TAMBIÉN EL ARTÍCULO N° 180 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL
MODIFICARÁN LA ORDENANZA TRIBUTARIA ANUAL Nº 14.048
La Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas decidió hoy otorgar dictamen favorable al Proyecto de Ordenanza destinado a modificar los artículos Nº 33, Nº 34 y Nº 108 de la Ordenanza Tributaria Nº 14.048. Lo propio hizo con otro proyecto, por el cual introducirá cambios en el artículo Nº 180 del Código Tributario Municipal.

En relación a los cambios de la Ordenanza Tributaria se dispondrá fijar alícuotas que deberán ingresar mensualmente sobre los importes facturados y libres de impuestos los responsables de los servicios de telefonía, de agua y demás servicios sanitarios, de gas, de electricidad, televisión por cable, fibra óptica o similar, de contenedores, televisión aérea y/o satelital, de Internet vía aérea o satelital y transmisión de datos por cualquier medio no previsto precedentemente. Asimismo acorde al dictamen se otorgará una reducción del 100% en las alícuotas señaladas a las empresas prestadoras que no posean deuda exigible en la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene y Tasa de Publicidad y Propaganda al 31 de diciembre del año inmediato anterior.

En cuanto a la modificación del articulo Nº 180 del Código Tributario, éste incluiría el siguiente texto: “Son contribuyentes los concesionarios, permisionarios y/o empresas prestadoras de servicios que hagan ocupación y/ o utilización de los espacios indicados en el artículo anterior”.

Ambos proyectos de Ordenanzas fueron impulsados por los concejales Carlos Saravia (UCR), Ariel Burgos y Raúl Medina (ambos del FS).